No tengo mi tarjeta verde. ¿Debo reemplazarla?
Sí. Si usted vive en los Estados Unidos y su Tarjeta de Residente Permanente («Green Card») fue robada, perdida o destruida debe reemplazarla.
¿Cómo solicito el reemplazo de mi tarjeta verde?
Debe obtener un formulario del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) llamado Formulario I-90. Puede obtener este formulario llamando al USCIS al 800-870-3676 o utilizando la página web del USCIS en https://www.uscis.gov/i-90.
Formulario de solicitud
Debe rellenar el formulario I-90 a máquina o en letra de molde con tinta negra. Lea cuidadosamente las instrucciones y marque los puntos que no le correspondan como «N/A». Además del formulario I-90, debe presentar ciertos documentos como parte de su solicitud de tarjeta de reemplazo.
Evidencia Inicial
Debe presentar lo que el INS llama «Evidencia Inicial». Esto se refiere a los documentos que prueban que usted es quien dice ser.
- Si todavía tiene su tarjeta anterior (y la está reemplazando porque estaba dañada) puede usar una copia como su Evidencia Inicial.
- Si perdió su tarjeta o se la robaron, pero tiene una fotocopia, debe presentarla con su solicitud.
- Debe presentar su solicitud con una copia de algún «documento de identidad» como el carnet de conducir, el pasaporte, la tarjeta de identificación de no conductor o el certificado de nacimiento.
Fotos
Debe presentar dos fotos tipo pasaporte (en color) con su solicitud. Escriba ligeramente su A# en el reverso de cada foto con un lápiz.
¿Dónde presento mi Formulario I-90?
Debe enviar su formulario, junto con su tasa de solicitud de 450 dólares a:
USCIS
P.O. Box 21262
Phoenix, AZ 85036
¿Cuánto cuesta obtener una nueva tarjeta de residencia?
Deberá pagar una tasa por valor de 365 dólares y una tasa biométrica de 85 dólares para un total de 450 dólares. Debe pagar con cheque o giro postal, a nombre del «Departamento de Seguridad Nacional». Sin embargo, puede tener derecho a una exención de la tasa si recibe una prestación condicionada a los recursos económicos o si sus ingresos son iguales o inferiores al 150% de las Directrices Federales de Pobreza.
Para solicitar una exención de la tasa, rellene el formulario I-912, Solicitud de exención de la tasa, y adjunte una prueba de su prestación o de sus ingresos.
¿Con quién puedo contactar si tengo preguntas?
Puede llamar al Proyecto de Beneficios Gubernamentales de MFY Legal Services, Inc. al 212-417-3732 los lunes de 10:00 a.m. a 12:00 p.m. Si usted es un consumidor de salud mental puede llamar a la línea de admisión del Proyecto de Ley de Salud Mental de MFY al 212-417-3830 los lunes, martes y jueves de 10:00 a.m. a 5:00 p.m.