Nueva York

No tengo mi tarjeta verde. ¿Debo reemplazarla?

Sí. Si usted vive en los Estados Unidos y su Tarjeta de Residente Permanente («Green Card») fue robada, perdida o destruida debe reemplazarla.

¿Cómo solicito el reemplazo de mi tarjeta verde?

Debe obtener un formulario del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) llamado Formulario I-90. Puede obtener este formulario llamando al USCIS al 800-870-3676 o utilizando la página web del USCIS en https://www.uscis.gov/i-90.

Formulario de solicitud

Debe rellenar el formulario I-90 a máquina o en letra de molde con tinta negra. Lea cuidadosamente las instrucciones y marque los puntos que no le correspondan como «N/A». Además del formulario I-90, debe presentar ciertos documentos como parte de su solicitud de tarjeta de reemplazo.

Evidencia Inicial

Debe presentar lo que el INS llama «Evidencia Inicial». Esto se refiere a los documentos que prueban que usted es quien dice ser.

  • Si todavía tiene su tarjeta anterior (y la está reemplazando porque estaba dañada) puede usar una copia como su Evidencia Inicial.
  • Si perdió su tarjeta o se la robaron, pero tiene una fotocopia, debe presentarla con su solicitud.
  • Debe presentar su solicitud con una copia de algún «documento de identidad» como el carnet de conducir, el pasaporte, la tarjeta de identificación de no conductor o el certificado de nacimiento.
    • Fotos

      Debe presentar dos fotos tipo pasaporte (en color) con su solicitud. Escriba ligeramente su A# en el reverso de cada foto con un lápiz.

      ¿Dónde presento mi Formulario I-90?

      Debe enviar su formulario, junto con su tasa de solicitud de 450 dólares a:

      USCIS
      P.O. Box 21262
      Phoenix, AZ 85036

      ¿Cuánto cuesta obtener una nueva tarjeta de residencia?

      Deberá pagar una tasa por valor de 365 dólares y una tasa biométrica de 85 dólares para un total de 450 dólares. Debe pagar con cheque o giro postal, a nombre del «Departamento de Seguridad Nacional». Sin embargo, puede tener derecho a una exención de la tasa si recibe una prestación condicionada a los recursos económicos o si sus ingresos son iguales o inferiores al 150% de las Directrices Federales de Pobreza.

      Para solicitar una exención de la tasa, rellene el formulario I-912, Solicitud de exención de la tasa, y adjunte una prueba de su prestación o de sus ingresos.

      ¿Con quién puedo contactar si tengo preguntas?

      Puede llamar al Proyecto de Beneficios Gubernamentales de MFY Legal Services, Inc. al 212-417-3732 los lunes de 10:00 a.m. a 12:00 p.m. Si usted es un consumidor de salud mental puede llamar a la línea de admisión del Proyecto de Ley de Salud Mental de MFY al 212-417-3830 los lunes, martes y jueves de 10:00 a.m. a 5:00 p.m.

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