Qué debe saber sobre la agresión en 1º, 2º y 3º grado en Arkansas?

La agresión es el acto de tocar de forma dañina o el contacto intencionalmente ofensivo con otra persona sin su consentimiento. La batería no requiere ninguna intención de dañar a la víctima, sino la intención de contactar o causar contacto. Los cargos de agresión se cambian a asalto si se consideran imprudentes y negligentes.

Asalto y agresión (un error común)

La mayoría de la gente piensa que la agresión y el asalto son lo mismo. No son lo mismo; cada estado define ambos términos de forma diferente. La primera distinción entre los dos es que un asalto no incluye el contacto, mientras que la batería incluye el contacto ofensivo o ilegal.

Asalto

El asalto es un intento de herir a alguien a través de amenazas verbales o comportamiento amenazante. Para que un acto criminal sea considerado como una agresión, debe incluir un acto directo que haga temer a la persona por su seguridad. Un asalto a menudo incluye más que palabras habladas, a menos que se combine con actos que pongan a la víctima en peligro inmediato. Para ser acusado de agresión, tiene que haber una «intención general»; tiene que haber suficientes pruebas de que el agresor tenía la intención de realizar los actos. En otras palabras, el agresor debe tener la intención de asustar a la otra persona, y eso puede ser suficiente para una acusación de asalto.

Gráfico de asalto y agresión.

Asalto en primer grado

El asalto en primer grado conlleva una sentencia de cinco a cuarenta años a la vida. Puedes ser acusado de agresión en primer grado si haces cualquiera de las siguientes cosas:

Lastimar físicamente a otra persona utilizando un arma mortal

Desfigurar grave y permanentemente a otra persona; destruir, amputar o inutilizar permanentemente un miembro u órgano del cuerpo de la persona;

Lastimar gravemente a otra persona manifestando una indiferencia absoluta al valor de la vida humana;

En caso de que cuando actúe solo o con otros, al cometer o intentar hacer un delito grave, cause lesiones graves a otra persona manifestando indiferencia por la vida humana;

Lastimar intencionadamente a un niño no nacido o a una mujer embarazada, causando un daño físico grave al niño no nacido. Si, a sabiendas, causa un daño físico a una mujer embarazada en la comisión del delito grave o de un delito menor de clase A, causando un daño físico grave al hijo no nacido de la mujer embarazada;

Si, a sabiendas y sin justificación legal, causa un daño físico grave a una persona de doce años o menos;

Causar intencionadamente lesiones físicas a cualquier persona utilizando un arma de fuego;

Causar lesiones físicas graves a una persona de cuatro años o menos y mostrar una indiferencia extrema hacia la vida humana (delito de clase Y).

Batería de segundo grado

La batería de segundo grado conlleva una sentencia de no más de seis años de cárcel.

Cuando alguien causa intencionadamente una lesión física grave a otra persona, utiliza un arma mortal (que no sea un arma de fuego) y daña físicamente a otra persona, se considera una batería de segundo grado.

También, si una persona causa imprudentemente una lesión física grave a otra persona usando un arma mortal, se considera una agresión de segundo grado.

Cuando una persona a sabiendas, y sin justificación legal, causa una lesión física a otra persona o incapacita a un agente de policía conocido, un bombero, un empleado de un centro penitenciario o un agente de la ley que actúa en el cumplimiento de su deber, la ley lo considera una agresión de segundo grado.

Batería de tercer grado

Este grado de agresión conlleva una sentencia de hasta un año de cárcel.

La batería de tercer grado considera los casos en los que una persona causa a propósito una lesión física a otra persona. Además, si el acusado causa imprudentemente una lesión física a otra persona, se considera una agresión de tercer grado.

El caso de agresión de tercer grado es cuando alguien causa negligentemente una lesión física a otra persona con un arma mortal.

Si alguien lesiona a otra persona a propósito, le causa estupor, inconsciencia, deterioro físico o mental administrándole una droga u otra sustancia sin el consentimiento de la persona.

La ley de Arkansas define la agresión como un delito más grave y con consecuencias mucho más serias que la agresión. Sin embargo, si recibe cargos por agresión o asalto, las cosas no van bien para usted.

Si se enfrenta a cargos en el primer, segundo o tercer grado, debe llamar inmediatamente a un abogado de defensa criminal.

Es importante guardar silencio sobre su caso antes de consultar con un abogado (esto va especialmente cuando la policía comienza a interrogarlo).

Asegúrese de llamar a nuestra firma rápidamente y programar su consulta inicial. Tan pronto como tomemos su caso, comenzaremos a trabajar en su defensa.

Ir a la corte solo cuando se enfrenta a tales ofensas, no es la mejor idea. El proceso será largo y bastante estresante.

Si tiene alguna pregunta o quiere saber más sobre nuestras formas de trabajo y nuestros abogados de defensa criminal, llame a nuestra firma hoy.

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